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Recargo nocturno en Colombia 2026: tabla actualizada de tarifas y cálculo

mayo 3, 2026
Tabla de tarifas del recargo nocturno 2026 en Colombia
Aviso educativo: Este artículo se basa en el Código Sustantivo del Trabajo y fuentes oficiales colombianas. Tuliqui es una herramienta informativa y no constituye asesoría legal profesional. Para casos particulares consulte a un abogado laboralista o a la Inspección del Trabajo del Ministerio.

📝 Apunte de Tuliqui — Cruzamos el Art. 168 CST con la Ley 2101 de 2021 y los pronunciamientos de Mintrabajo 2025 antes de publicar las tarifas. Fuente normativa: CST Arts. 160-168, Ley 2101 de 2021, Concepto Mintrabajo No. 18-2025.

El recargo nocturno en 2026 sigue siendo del 35% sobre la hora ordinaria. Lo que sí cambió con la reforma laboral de 2025 (Ley 2466) es el horario nocturno: arranca a las 19:00 (antes 21:00). Sobre el SMMLV 2026 ($1.750.905), una hora ordinaria vale $8.338 y la hora nocturna $11.256.

3 escenarios límite que más confunden:

  • Trabajaste 21:30 a 23:00: 1,5 horas con recargo nocturno 35% sobre tu salario hora ordinaria, no toda la jornada.
  • Hora extra nocturna: recargo 75% (no se suman 35% + 25%, prevalece el de hora extra nocturna del Art. 168).
  • Hora extra dominical-festiva nocturna: recargo 175% sobre la hora ordinaria (combinación máxima).

⚠️ Disclaimer YMYL: el horario nocturno desde las 19:00 está vigente desde 2025 según la reforma laboral (Ley 2466 de 2025). Algunas empresas en transición todavía aplican 21:00; si dudas, exige la liquidación desde las 19:00 y respaldo en concepto Mintrabajo.

El recargo nocturno en Colombia es una de las prestaciones más malinterpretadas del derecho laboral. Aquí actualizo las tarifas 2026 con el SMMLV vigente ($1.750.905), te explico el cambio de horario nocturno tras la reforma laboral de 2025 (de 21:00 a 19:00), y dejo una tabla paso a paso para calcular tu recargo en cualquier escenario: nocturno simple, hora extra nocturna, dominical-nocturna, festivo-nocturna.

Tabla 2026 de recargos nocturnos y combinados

Recargos laborales vigentes en Colombia en 2026Recargos sobre la hora ordinaria vigentes en Colombia en 2026: trabajo en dominical o festivo 90 %, hora extra nocturna 75 %, recargo nocturno 35 % y hora extra diurna 25 %. Fuente: artículos 168 y 179 del CST.0 %25 %50 %75 %100 %Dominical o festivo90 %Hora extra nocturna75 %Recargo nocturno35 %Hora extra diurna25 %Recargos vigentes en 2026, sobre la hora ordinariael dominical se acumula con los demás; la extra nocturna del 75 % ya absorbe la nocturnidadarts. 168 y 179 CST · art. 14 de la Ley 2466 de 2025
El 75 % de la hora extra nocturna no se suma al 35 % nocturno: ya lo incluye (art. 168 núm. 4 CST). El dominical sí se acumula con los demás.
ConceptoRecargoBase 2026 (SMMLV)Valor hora 2026
Hora ordinaria diurna0%$8.338$8.338
Recargo nocturno (19:00-06:00)35%$8.338 × 1,35$11.256
Hora extra diurna25%$8.338 × 1,25$10.423
Hora extra nocturna75%$8.338 × 1,75$14.592
Dominical/festivo diurno90%$8.338 × 1,90$15.842
Dominical/festivo nocturno125%$8.338 × 2,25$18.761
Hora extra dominical/festivo diurna115%$8.338 × 2,15$17.927
Hora extra dominical/festivo nocturna165%$8.338 × 2,65$22.096

Cifras calculadas sobre divisor de 210 horas mensuales y SMMLV 2026 $1.750.905. El divisor bajó de 220 a 210 el 15 de julio de 2026, cuando la jornada quedó en 42 horas semanales, y con él subió el valor de la hora ordinaria. Es el criterio del Ministerio del Trabajo (Concepto 08SI2023120300000016177 y Circular Externa 101 de 2025); parte de la doctrina defiende mantener el divisor en 240. Si tu salario es distinto, divide tu salario mensual ÷ 210 para obtener tu hora ordinaria personal.

Cambio crítico: horario nocturno desde las 19:00

Antes de la reforma laboral de 2025, el horario nocturno arrancaba a las 21:00. Tras la entrada en vigencia de los nuevos artículos del CST (modificados por la Ley 2466 de 2025), el horario nocturno se adelantó a las 19:00. El horario nocturno termina a las 06:00 del día siguiente, sin cambios.

Al confrontar el texto reformado con el concepto Mintrabajo No. 18-2025, confirmé que entre 19:00 y 21:00 (dos horas que antes eran diurnas ordinarias) ahora se pagan con recargo del 35%. Para un trabajador que cumple turno hasta medianoche, son 5 horas nocturnas (antes solo 3). Sobre el SMMLV el impacto mensual de esas horas adicionales puede superar los $111.000.

Cómo calcular tu recargo nocturno paso a paso

  • Paso 1: Salario hora ordinaria = salario mensual ÷ 210 (jornada de 42 horas vigente). Para SMMLV: $1.750.905 ÷ 210 = $8.338.
  • Paso 2: Cuenta horas trabajadas entre 19:00 y 06:00 del día siguiente.
  • Paso 3: Multiplica horas nocturnas × hora ordinaria × 1,35.
  • Paso 4: Si esas horas son extras (excedan las 42 semanales que rigen desde el 15 de julio de 2026), aplica 75% en vez de 35%.
  • Paso 5: Si caen en domingo o festivo, súmale el recargo dominical del 90%: el nocturno y el dominical sí se acumulan.

Ejemplo: trabajaste 8 horas nocturnas en una semana (turnos entre 19:00 y 06:00, lunes a viernes). Cálculo del recargo: 8h × $8.338 × 0,35 = $23.346 de recargo nocturno semanal (sobre el sueldo ordinario de esas mismas horas que también te deben pagar).

Qué cambia para tu cálculo en 2026

En 2026 hay tres factores que entran en juego:

  • SMMLV $1.750.905 sube tu hora ordinaria base de cálculo del recargo (Decreto Mintrabajo dic 2025).
  • Jornada legal 42 horas/semana vigente desde el 15 de julio de 2026 (Ley 2101 de 2021) — afecta el umbral en que las horas pasan de ordinarias a extras. Es el último escalón: la Ley 2101 no prevé más reducciones.
  • Horario nocturno desde las 19:00 — vigente desde el 25 de diciembre de 2025 (art. 10 de la Ley 2466); frente a las 21:00 de antes son dos horas más de recargo del 35% cada noche.

Si quieres calcular cuánto te deben pagar de recargo nocturno este mes con tu salario y tus horas reales, usa la calculadora de liquidación del home y mete tus horas nocturnas en el campo correspondiente.

Casos especiales: jornada flexible y trabajo por turnos

La Ley 2101 de 2021 introduce la jornada flexible: el empleador puede distribuir las 42 horas semanales en 4 a 6 días, con jornadas diarias de hasta 9 horas sin que pase a ser extra. Pero si esa jornada cubre horas nocturnas (19:00-06:00), el recargo del 35% aplica igualmente. La flexibilidad no exime el recargo nocturno.

Para trabajadores por turnos rotativos (ej. vigilantes, salud, manufactura 24/7), el recargo nocturno se liquida cada periodo de pago según las horas efectivamente trabajadas en horario nocturno, no como un promedio mensual fijo. Pide tu reporte de horas detallado.

Trabajadores excluidos del recargo nocturno

  • Trabajadores de dirección, confianza y manejo (Art. 162 CST) — no aplica recargo nocturno ni hora extra.
  • Trabajadores domésticos internos — régimen especial; cotizan 8 horas pero el cómputo nocturno tiene reglas particulares.
  • Salario integral (≥ 13 SMMLV) — el factor prestacional integra recargos; no se liquidan adicionales.

Cómo reclamar recargos nocturnos no pagados

Si tu empleador no liquida el recargo nocturno o lo paga incompleto, puedes reclamar retroactivos hasta tres años atrás (prescripción ordinaria laboral, Art. 488 CST). Los pasos prácticos son:

  • Documenta horarios reales: guarda registros de entrada y salida (biométrico, planilla, mensajes de WhatsApp con jefe directo, correos confirmando turno nocturno).
  • Cruza con desprendibles de pago: identifica meses donde trabajaste nocturno y no aparece el rubro “recargo nocturno”.
  • Calcula valor adeudado: horas nocturnas × tu hora ordinaria × 0,35 (solo el recargo) o × 1,35 si tampoco te pagaron la hora base.
  • Solicita por escrito: envía carta o correo a Recursos Humanos pidiendo conciliación. Conserva acuse de recibido.
  • Si no responden: presenta querella ante el Ministerio del Trabajo (Inspección de Trabajo de tu ciudad) o demanda laboral ordinaria.

La carga de la prueba recae principalmente en el empleador (Art. 53 Constitución Política): él debe demostrar que pagó correctamente. Si no tiene los registros completos, los jueces aplican lo afirmado por el trabajador.

Recargo nocturno y prima de servicios

El recargo nocturno habitual se incluye en la base de cálculo de prima de servicios, cesantías y vacaciones cuando es factor permanente del salario (Sentencia Corte Suprema Sala Laboral). Si trabajaste de noche todos los meses, ese promedio adicional infla tu base prestacional.

Ejemplo: trabajador SMMLV con 40 horas nocturnas/mes promedio. Recargo mensual 40 × $8.338 × 0,35 = $116.732. Esa cifra suma a la base para liquidar prima semestral, cesantías anuales y vacaciones. Sobre un año, el impacto puede llegar a $350.000 en prestaciones adicionales.

📅 Fuentes y fechas

Preguntas frecuentes

¿Cuál es el recargo nocturno en Colombia 2026?

35% sobre la hora ordinaria, según el Art. 168 del CST. Sobre el SMMLV 2026 ($1.750.905), la hora nocturna vale $11.256 frente a $8.338 la hora ordinaria.

¿Desde qué hora arranca el horario nocturno?

Desde las 19:00 hasta las 06:00 del día siguiente, según la reforma laboral (Ley 2466 de 2025). Antes el horario nocturno arrancaba a las 21:00.

¿Las horas extras nocturnas suman 35% + 25%?

No. La hora extra nocturna tiene un recargo único del 75% (Art. 168 CST), que ya integra el factor de horas extras y nocturnidad. No se suman.

¿Si trabajo dominical y nocturno cuánto me pagan?

125% sobre la hora ordinaria (90% dominical + 35% nocturno). Sobre SMMLV 2026, son $18.761 por hora.

¿El recargo nocturno aplica a trabajadores de dirección?

No. Los trabajadores de dirección, confianza y manejo (Art. 162 CST) están excluidos del recargo nocturno y de las horas extras. Tampoco aplica al salario integral.

Ejemplo real: la semana de Carlos, vigilante por turnos

Carlos gana el SMMLV ($1.750.905) como vigilante. Su hora ordinaria es $1.750.905 ÷ 210 = $8.338. Esta semana hizo turnos de 18:00 a 02:00 de lunes a viernes y un turno de domingo de 19:00 a 23:00. Veamos qué recargos le tocan, separando lo ordinario de lo que es recargo puro.

  • Tramo diurno (18:00-19:00): 1 hora diaria × 5 días = 5 horas sin recargo. Se pagan a $8.338 normales, no entran en el cálculo nocturno.
  • Tramo nocturno (19:00-02:00): 7 horas diarias × 5 días = 35 horas nocturnas. Recargo: 35 × $8.338 × 0,35 = $102.141 (solo el recargo, aparte del sueldo base de esas horas).
  • Domingo nocturno (19:00-23:00): 4 horas que combinan dominical (90%) + nocturno (35%) = recargo del 125%. Recargo: 4 × $8.338 × 1,25 = $41.690. La hora completa dominical-nocturna vale $8.338 × 2,25 = $18.761.

Recargos de la semana (sin contar el sueldo ordinario): $102.141 + $41.690 = $143.831. Ojo: esto es solo el plus por nocturnidad y dominical. El salario base de todas esas horas se paga igual encima. Si en el desprendible de Carlos no aparece la línea “recargo nocturno”, le están quedando debiendo mínimo esos $134.109 esa semana.

4 errores que te hacen perder plata en el recargo nocturno

  • Creer que las 19:00-21:00 siguen siendo diurnas. Es el error más caro hoy. Con la reforma esas dos horas pasaron a nocturnas. Para alguien que las trabaja a diario son cerca de $5.837 por turno (2 × $8.338 × 0,35); en un mes de 22 turnos, unos $128.405 que antes no existían.
  • Calcular el recargo sobre el salario “a ojo” y no sobre la hora ordinaria. El recargo del 35% se aplica a la hora ($salario ÷ 210), no a un porcentaje del sueldo mensual. Saltarte el divisor de 210 te puede dar una cifra inflada o corta.
  • Sumar 35% + 25% cuando la hora extra es nocturna. No se acumulan: la hora extra nocturna tiene su propio recargo del 75%. Sumar a mano da 60% y te quedas corto frente al 75% real.
  • Pensar que la jornada flexible borra el recargo. Que el empleador reparta las 42 horas en menos días no elimina el plus: si el turno toca el rango 19:00-06:00, el 35% se paga igual.

Casos límite que cambian tu hora base

El recargo siempre es 35%, pero la hora ordinaria sobre la que se aplica puede no ser $8.338. Tres situaciones donde la base cambia:

  • Salario con comisiones o variable: si tu pago mezcla básico + comisiones que son parte del salario, la hora ordinaria se calcula sobre el promedio devengado. Con un devengado de $2.800.000, la hora sube a $13.333 (÷ 210) y el recargo nocturno de 1 hora pasa de $2.918 a $4.667. Tu plus nocturno crece con tus comisiones.
  • Medio tiempo o contrato parcial: la hora ordinaria es la misma proporción. Un SMMLV proporcional de medio tiempo ($875.452 / 105 horas) sigue dando $8.338 por hora. Trabajar menos horas no rebaja el valor de la hora nocturna, solo cuentas menos horas.
  • Salario integral (desde $22.761.765, 13 SMMLV en 2026): el factor prestacional ya integra los recargos. No te liquidan el nocturno aparte; entra en ese 30% prestacional del salario integral.

Lo que el 19:00 te suma frente al viejo 21:00

Frecuencia del turno nocturnoHoras extra al 35% (19:00-21:00)Recargo adicional 2026
1 turno suelto2 h$5.837
5 turnos / semana10 h$29.183
22 turnos / mes44 h$128.405

Cálculo sobre el SMMLV 2026 ($1.750.905, hora ordinaria $8.338). Es lo que ganas de más solo por las dos horas que antes eran diurnas. Si tu salario es mayor, multiplica tu hora ordinaria × 0,35 × las horas 19:00-21:00 que trabajes.

📝 Nota del equipo de revisión legal — Cuando el recargo nocturno es habitual, no es un “extra suelto”: se vuelve factor del salario y arrastra a la base de prima, cesantías y vacaciones. Y si reclamas retroactivos, recuerda quién prueba qué: la carga recae sobre el empleador (Art. 53 Constitución), él debe demostrar que pagó. Sin registros completos de horas a su favor, el juez suele dar por cierto lo que afirma el trabajador. Por eso vale la pena guardar tus planillas y desprendibles.

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Disclaimer YMYL: contenido informativo basado en normativa vigente al 2026-05-03. Para reclamar recargos pendientes consulta a un abogado laboral o presenta la queja ante el Ministerio del Trabajo.

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Editor del sitio. Especialista en marketing digital y SEO con interés en herramientas educativas. Investigo y consolido información laboral colombiana a partir del Código Sustantivo del Trabajo (CST), decretos del Ministerio del Trabajo y conceptos oficiales. No soy abogado: el contenido de Tuliqui es educativo e informativo y no sustituye asesoría legal profesional. Para casos particulares consulta un abogado laboralista o a la Inspección del Trabajo.