Resumen ejecutivo — El salario mínimo en Colombia para 2026 es $1.750.905 mensuales (Decretos 1469 y 1470 de 2025), un 23% más que en 2025. Sumado al auxilio de transporte de $249.095, el ingreso mínimo total llega a $2.000.000. Ese aumento no se queda en el sueldo: arrastra hacia arriba prima, cesantías, intereses, vacaciones, aportes a seguridad social y el tope del salario integral. Esta guía calcula, peso por peso, cuánto cambia tu liquidación.
En Tuliqui llevamos meses viendo las mismas dudas llegar a la calculadora: “si el mínimo subió tanto, ¿cuánto más me toca de prima?”, “¿el auxilio de transporte entra o no entra en las cesantías?”, “¿por qué mi vacación me dio menos de lo que esperaba?”. Todas tienen la misma raíz: el SMMLV no es un número aislado, es la base sobre la que se construyen seis cálculos distintos, y cada uno usa una fórmula diferente. Cuando el mínimo sube 23% de un año a otro —como pasó entre 2025 y 2026— el efecto en bola de nieve es grande, y vale la pena entenderlo antes de firmar una liquidación o reclamar una diferencia.
Para escribir esta guía revisé los Decretos 1469 y 1470 de 2025 publicados por el Gobierno Nacional, crucé las cifras con el Ministerio del Trabajo y la DIAN, y verifiqué cada fórmula contra los artículos del Código Sustantivo del Trabajo (CST) que las regulan. Los pesos que aparecen abajo salen de esas fuentes y de la lógica de cálculo de nuestra calculadora de liquidación, no de estimaciones redondeadas.
Si solo quieres el número de tu liquidación, salta directo a la sección “Liquidación completa paso a paso” o usa la calculadora. Si te interesa entender por qué sale ese número —y poder defenderlo ante recursos humanos o en una conciliación— lee las seis subsecciones de impacto en orden: cada concepto usa una base y un divisor distintos, y ahí está la diferencia entre una liquidación correcta y una que deja plata sobre la mesa.
¿Qué incluye el salario mínimo 2026 y por qué importa cada peso?
Antes de entrar en los seis cálculos derivados, conviene tener claros los números base de 2026, porque casi todos los errores de liquidación nacen de confundir alguno de ellos:
- SMMLV mensual: $1.750.905 (Decreto 1469 de 2025).
- SMMLV diario: $58.364 (mensual ÷ 30).
- Hora ordinaria: $7.295 con la jornada clásica de 48 horas (diario ÷ 8). La jornada máxima hoy es de 44 horas y baja a 42 el 15 de julio de 2026 (Ley 2101 de 2021) sin rebaja de sueldo: con 42 horas la hora queda en $8.338.
- Auxilio de transporte: $249.095 mensuales (Decreto 1470 de 2025).
- Ingreso mínimo total (salario + auxilio): $2.000.000.
- Tope para recibir auxilio de transporte: hasta 2 SMMLV = $3.501.810.
- Salario integral mínimo (13 SMMLV): $22.761.765 (art. 132 CST).
- UVT 2026: $52.374 (la usa la DIAN para retención en la fuente y topes tributarios).
La distinción más importante de toda la guía es esta: el auxilio de transporte sí forma parte de la base prestacional (prima, cesantías, intereses) por mandato de la Ley 15 de 1959, pero no forma parte de la base de cotización a seguridad social ni de la base de vacaciones. Confundir esto es el error que más sobreestima o subestima liquidaciones en las consultas que recibimos.
Una aclaración necesaria en 2026: la reforma laboral (Ley 2466 de 2025) no cambió ninguna de las fórmulas de prima, cesantías, intereses o vacaciones que verás abajo. Lo que sí cambió fue la franja nocturna —desde el 25 de diciembre de 2025 el recargo del 35% se causa a partir de las 7:00 p.m.— y el recargo dominical/festivo, hoy en 80% y que sube a 90% el 1 de julio de 2026. Esos recargos engordan el salario base y, por esa vía, las prestaciones de quien los devenga; las fórmulas siguen siendo las del CST.
Evolución del salario mínimo en Colombia 2020-2026
El salto de 2025 a 2026 fue de los más altos de la última década en términos porcentuales. Esta tabla resume los años con cifras que verificamos directamente; para el histórico completo 2020-2023 consulta la serie oficial del Banco de la República. Y si solo buscas el monto vigente con sus reglas básicas, lo tienes resumido en la guía del salario mínimo en Colombia 2026.
| Año | SMMLV mensual | Auxilio de transporte | Ingreso mínimo total | Variación SMMLV |
|---|---|---|---|---|
| 2020-2023 | Ver serie oficial — fuente: Banco de la República | |||
| 2024 | $1.300.000 | $162.000 | $1.462.000 | — |
| 2025 | $1.423.500 | $200.000 | $1.623.500 | +9,5% |
| 2026 | $1.750.905 | $249.095 | $2.000.000 | +23,0% |
Dos lecturas rápidas de la tabla: primero, el ingreso mínimo total cruzó por primera vez la barrera psicológica de los $2.000.000; segundo, el auxilio de transporte subió 24,5% (de $200.000 a $249.095), un poco más que el propio salario, lo que infla la base prestacional más de lo que sugiere mirar solo el sueldo.
Impacto del SMMLV 2026 en cada concepto de tu liquidación
Aquí está el corazón de la guía. Tomo como referencia un trabajador que devenga el salario mínimo todo el año 2026 (365 días, que para efectos de liquidación se cuentan como 360 días comerciales) y desgloso los seis cálculos que el SMMLV arrastra. En cada uno cito el artículo del CST, la fórmula y un ejemplo numérico que cuadra al peso.
1. Auxilio de transporte: el multiplicador silencioso
El auxilio de transporte 2026 es de $249.095 y aplica a todo trabajador que gane hasta 2 SMMLV ($3.501.810) y cuyo domicilio esté a más de 1.000 metros del lugar de trabajo, salvo que el empleador provea transporte gratuito (Ley 15 de 1959). No es un “extra” del sueldo: es el insumo que sube la base de prima, cesantías e intereses.
Ejemplo: quien gana 1 SMMLV recibe $1.750.905 de salario más $249.095 de auxilio = $2.000.000. Esa cifra de $2.000.000 es la base prestacional sobre la que se calculan los tres conceptos siguientes. Si tu empleador te liquida la prima solo sobre $1.750.905 (ignorando el auxilio), te está pagando de menos. Puedes verificarlo en nuestra calculadora de liquidación.
2. Prima de servicios (art. 306 CST)
La prima equivale a un mes de salario por año trabajado, pagada en dos cuotas (junio y diciembre). Incluye el auxilio de transporte en la base.
Fórmula: Prima = (salario + auxilio) × días trabajados ÷ 360.
Ejemplo (año completo): $2.000.000 × 360 ÷ 360 = $2.000.000 de prima anual ($1.000.000 en cada semestre). Frente a 2025, cuando la base era $1.623.500, la prima anual sube $376.500 solo por el reajuste del mínimo. Para el cálculo detallado por semestres, mira nuestra calculadora de prima de servicios.
Dos precisiones que generan consultas: la prima se causa por el tiempo efectivamente trabajado, así que si entraste a mitad de semestre se prorratea con la fórmula de días; y la prima no está sujeta a aportes de seguridad social ni a retención (salvo casos de altos ingresos), porque no es un pago habitual de salario sino una prestación social. Quien gana el mínimo recibe su prima completa, sin descuentos.
3. Cesantías (art. 249 CST)
Las cesantías son un ahorro forzoso equivalente a un mes de salario por año, consignado al fondo del trabajador antes del 14 de febrero del año siguiente. Usan la misma base prestacional que la prima (salario + auxilio).
Fórmula: Cesantías = (salario + auxilio) × días trabajados ÷ 360.
Ejemplo (año completo): $2.000.000 × 360 ÷ 360 = $2.000.000 de cesantías. Es el mismo resultado que la prima, pero con destino y régimen distintos: las cesantías se consignan a un fondo, no se entregan en mano (salvo retiro autorizado por compra de vivienda o educación). Detalle en la guía de prestaciones sociales.
Ojo con el calendario: las cesantías de cada año deben consignarse al fondo antes del 14 de febrero del año siguiente. Si el empleador no lo hace a tiempo, incurre en una sanción de un día de salario por cada día de retardo. En liquidación final de contrato, en cambio, sí se pagan directamente al trabajador junto con el resto de prestaciones. Desde la Ley 2466 de 2025 cabe pactar por escrito la mensualización (8,33% del salario consignado cada mes): cambia la periodicidad, no el monto.
4. Intereses sobre las cesantías (Ley 52 de 1975)
Sobre las cesantías acumuladas el empleador debe pagar un interés del 12% anual, directamente al trabajador, a más tardar el 31 de enero del año siguiente.
Fórmula: Intereses = cesantías × 12% × días trabajados ÷ 360.
Ejemplo (año completo): $2.000.000 × 12% × 360 ÷ 360 = $240.000. Aquí hay un error frecuente: el 12% se aplica sobre las cesantías ya calculadas (que incluyen auxilio), no sobre el salario. Si lo calculas sobre el sueldo pelado te dará distinto.
5. Vacaciones (art. 186 CST)
El trabajador tiene derecho a 15 días hábiles de vacaciones remuneradas por año. A diferencia de los conceptos anteriores, las vacaciones se liquidan solo sobre el salario, sin auxilio de transporte (art. 192 CST), porque durante el descanso no hay desplazamiento que compensar.
Fórmula: Vacaciones = salario (sin auxilio) × días trabajados ÷ 720.
Ejemplo (año completo): $1.750.905 × 360 ÷ 720 = $875.453. Fíjate que aquí la base es $1.750.905 y no $2.000.000: por eso muchos trabajadores sienten que su vacación “dio menos” — es correcto, el auxilio no entra. El divisor 720 refleja que 15 días hábiles equivalen a medio mes calendario de salario por año.
6. Aportes a seguridad social (Ley 100 de 1993)
Los aportes a salud y pensión se calculan sobre el salario, sin auxilio de transporte, porque el auxilio no es factor salarial para seguridad social. Las tarifas 2026 son:
| Concepto | Trabajador | Empleador | Total | Aporte sobre 1 SMMLV |
|---|---|---|---|---|
| Salud | 4% | 8,5% | 12,5% | $218.863 |
| Pensión | 4% | 12% | 16% | $280.145 |
| Total descuento al trabajador | 8% del salario | $140.072 | ||
Ejemplo: a un trabajador que gana 1 SMMLV ($1.750.905) le descuentan 4% de salud ($70.036) + 4% de pensión ($70.036) = $140.072 mensuales. El empleador aporta su parte (8,5% + 12% = 20,5%) por fuera del salario. Un detalle clave: aunque trabajes medio tiempo y ganes $875.453, la cotización se hace siempre sobre 1 SMMLV completo, nunca sobre medio.
Y un séptimo efecto, ligado al extremo opuesto de la escala: el tope del salario integral. Quien quiera pactar salario integral (art. 132 CST) necesita devengar mínimo 13 SMMLV, que en 2026 equivale a $22.761.765. Ese trabajador no recibe auxilio de transporte ni primas semestrales por separado, porque el factor prestacional del 30% ya va incluido en su remuneración. Cuando sube el mínimo, sube también este piso de entrada al régimen integral.
Conviene desmontar un mito sobre el integral: aunque incluya el factor prestacional, el trabajador sí conserva el derecho a vacaciones (art. 132 CST), porque las vacaciones son un descanso, no una prestación económica que se pueda “incluir” en el sueldo. Lo que el factor del 30% absorbe es prima, cesantías, intereses y demás prestaciones, no el derecho al descanso remunerado. Es un punto donde muchos empleadores se equivocan al liquidar.
Comparativo: trabajador de salario mínimo 2025 vs 2026
Esta es la tabla que más se acerca a la pregunta real de quien gana el mínimo: “¿cuánto más voy a recibir en total este año?”. Comparo un trabajador con un año completo en cada vigencia.
| Concepto | 2025 | 2026 | Diferencia anual |
|---|---|---|---|
| Salario anual (12 meses) | $17.082.000 | $21.010.860 | +$3.928.860 |
| Auxilio de transporte (12 meses) | $2.400.000 | $2.989.140 | +$589.140 |
| Prima de servicios | $1.623.500 | $2.000.000 | +$376.500 |
| Cesantías | $1.623.500 | $2.000.000 | +$376.500 |
| Intereses de cesantías | $194.820 | $240.000 | +$45.180 |
| Vacaciones (15 días) | $711.750 | $875.453 | +$163.703 |
| Total recibido en el año | $23.635.570 | $29.115.453 | +$5.479.883 |
El titular es contundente: un trabajador de salario mínimo recibe en 2026 cerca de $5,48 millones más al año que en 2025, sumando sueldo, auxilio y prestaciones. De ese total, casi $1 millón viene exclusivamente del efecto multiplicador sobre prima, cesantías, intereses y vacaciones — no del sueldo mensual. Por eso insistimos: el reajuste del mínimo no se entiende mirando solo la nómina.
Liquidación completa paso a paso (trabajador de salario mínimo, año 2026)
Para amarrar todo lo anterior, hagamos la liquidación de fin de contrato de un trabajador que cumplió exactamente un año con salario mínimo y se retira el 31 de diciembre de 2026. Es el escenario más pedido en la calculadora, y verlo en orden ayuda a detectar cualquier descuadre en tu propia liquidación.
- Define las dos bases. Base prestacional (con auxilio) = $2.000.000. Base de vacaciones y aportes (sin auxilio) = $1.750.905. Este primer paso evita el 90% de los errores.
- Prima de servicios: $2.000.000 × 360 ÷ 360 = $2.000.000. Si el contrato hubiera durado solo 180 días, sería $1.000.000.
- Cesantías: $2.000.000 × 360 ÷ 360 = $2.000.000, que se consignan al fondo (o se pagan directo si es liquidación final de contrato).
- Intereses de cesantías: $2.000.000 × 12% × 360 ÷ 360 = $240.000, pagados directamente al trabajador.
- Vacaciones: $1.750.905 × 360 ÷ 720 = $875.453 (sin auxilio).
- Suma de prestaciones al cierre: $2.000.000 + $2.000.000 + $240.000 + $875.453 = $5.115.453, más el último salario devengado y el auxilio del mes.
Ese total de $5,11 millones en prestaciones es el que un trabajador de salario mínimo recibe al liquidar un año completo en 2026. En 2025, la misma operación daba $4,15 millones aproximadamente. La diferencia de cerca de $960.000 es, otra vez, el efecto multiplicador del reajuste del mínimo sobre las cuatro prestaciones — y la razón por la que vale la pena revisar la liquidación con números, no a ojo. Puedes replicar este paso a paso en nuestra calculadora de liquidación laboral cambiando los días trabajados por los tuyos.
SMMLV, UVT y retención en la fuente: lo que casi nadie cruza
Un trabajador de salario mínimo no paga retención en la fuente por renta de trabajo, y conviene saber por qué para no asustarse con descuentos que no existen. La retención laboral se calcula en UVT (Unidad de Valor Tributario), que para 2026 es de $52.374. La base gravable empieza a generar retención solo por encima de 95 UVT mensuales (≈ $4.975.530), muy por encima del mínimo. En otras palabras: si ganas 1 o incluso 2 SMMLV, tu única deducción obligatoria de nómina es el 8% de seguridad social, no impuestos.
La UVT también fija otros topes que se mueven cada año junto con el mínimo: el monto exento de cesantías, los límites de deducciones y el umbral para declarar renta. Por eso, aunque el SMMLV y la UVT son cifras distintas (una la fija el Ministerio del Trabajo, la otra la DIAN), siempre conviene mirarlas en pareja cuando se hace una proyección anual de ingresos.
Otros beneficios laborales atados al salario mínimo en 2026
El SMMLV no solo define sueldos: es la unidad de medida de varios derechos y topes del régimen laboral colombiano. Estos son los más relevantes para 2026:
- Dotación (art. 230 CST): obligatoria tres veces al año para trabajadores que ganen hasta 2 SMMLV ($3.501.810). No es dinero, es calzado y vestido de labor; entregarla en efectivo no la sustituye.
- Tope inembargable: 1 SMMLV ($1.750.905) es absolutamente inembargable, salvo por cuota alimentaria o deudas con cooperativas. El excedente solo es embargable hasta en una quinta parte.
- Cotización mínima a seguridad social: nadie cotiza por menos de 1 SMMLV, aunque trabaje medio tiempo o por días.
- Subsidio familiar (caja de compensación): lo reciben trabajadores cuya remuneración no supere 4 SMMLV y cumplan el tope de personas a cargo.
- Multas laborales: el Ministerio del Trabajo expresa sus sanciones en múltiplos de SMMLV; al subir el mínimo, suben también las multas por incumplimiento.
- Indemnización por despido sin justa causa: para contratos a término indefinido con salario inferior a 10 SMMLV, equivale a 30 días de salario por el primer año y 20 adicionales por cada año subsiguiente, proporcional por fracción; con salario de 10 SMMLV o más, la tabla baja a 20 + 15 (art. 64 CST, modificado por la Ley 789 de 2002). El cálculo completo está en nuestra guía de despido: causales, indemnización y reclamación.
El patrón es claro: cuando el mínimo sube 23%, sube en cascada un montón de cifras que la mayoría de la gente ni asocia con su nómina. Por eso en Tuliqui actualizamos la calculadora con los valores del decreto apenas se publica, en lugar de pedirle al usuario que los introduzca a mano.
Errores comunes al aplicar el SMMLV 2026
- Pagar el salario de $1.750.905 sin sumar el auxilio de transporte obligatorio de $249.095.
- Liquidar prima y cesantías sobre el salario seco, ignorando que el auxilio entra en esa base.
- Meter el auxilio en la base de vacaciones, donde no corresponde (art. 192 CST).
- Cotizar seguridad social de un trabajador de medio tiempo sobre $875.453, cuando debe ser sobre 1 SMMLV completo.
- No actualizar los contratos y la nómina al iniciar el año con el nuevo SMMLV, generando pagos retroactivos.
- Confundir “salario mínimo” con “salario integral”: el integral requiere mínimo 13 SMMLV ($22.761.765) y pacto escrito.
- Calcular los intereses del 12% sobre el salario en vez de sobre las cesantías ya liquidadas.
Apunte de Tuliqui
📝 Esto lo escribo desde lo que veo entrar a la calculadora todos los días.
El error #1 que arrastra la gente del salario mínimo es liquidar la prima y las cesantías sobre $1.750.905 en vez de sobre $2.000.000. Olvidan que el auxilio de transporte entra en esa base. Sobre un año, esa omisión le cuesta al trabajador unos $249.095 en prima + $249.095 en cesantías + $29.891 en intereses ≈ $528.000 perdidos. No es plata menor para quien gana el mínimo: equivale a más de una cuarta parte de un salario mensual completo.
El error #2, en sentido inverso, es meter el auxilio en las vacaciones. No va. Las vacaciones se liquidan sobre el salario seco ($1.750.905). Si tu liquidación de vacaciones salió “más alta de lo normal”, revisa que no te hayan inflado la base.
Mi recomendación práctica: cuando recibas tu liquidación, separa mentalmente las cuentas en dos grupos. Grupo con auxilio (prima, cesantías, intereses) y grupo sin auxilio (vacaciones, aportes). Si quien te liquidó mezcló las bases, ahí está el error — y casi siempre lo está.
⚠️ La calculadora aplica el régimen estándar del CST. Casos atípicos (convención colectiva, salario integral, contrato realidad, despido sin justa causa) requieren revisión profesional.
Preguntas frecuentes sobre el salario mínimo 2026
¿Cuándo conviene consultar a un abogado laboralista?
Esta guía y la calculadora cubren el régimen estándar del CST, que es el que aplica a la gran mayoría de trabajadores con contrato laboral ordinario. Pero hay situaciones donde el cálculo automático no basta y sí vale la pena pagar una consulta profesional:
- Despido sin justa causa con disputa sobre la indemnización o el tiempo computable. El salario base y los días a computar se pelean en casi todos los procesos; antes de la consulta, repasa nuestra guía completa de despido.
- Contrato realidad: cuando te contrataron por prestación de servicios (OPS) pero en la práctica había subordinación, horario y exclusividad. La diferencia retroactiva en prestaciones puede ser grande, y la Corte Suprema ya lo sancionó: en la sentencia SL2338-2023 confirmó la mala fe de un empleador que escondió la relación laboral bajo un contrato civil falso, con sanción moratoria incluida.
- Convención o pacto colectivo que mejore las condiciones legales mínimas — el cálculo deja de seguir el CST puro.
- Salario integral mal pactado: si te pagan “integral” pero ganas menos de 13 SMMLV ($22.761.765), el pacto puede ser inválido y tendrías derecho a prestaciones por separado.
- Mora en el pago de salarios o prestaciones al terminar el contrato. El art. 65 CST castiga con un día de salario por cada día de retardo, hasta por 24 meses; de ahí en adelante corren intereses moratorios. La sanción no es automática: la Sala Laboral examina la mala fe del empleador, y es él quien debe probar lo contrario (CSJ SL2338-2023).
- Acoso laboral, fuero (sindical, maternidad, salud) o cualquier estabilidad reforzada. Aquí la jurisprudencia pesa más que la fórmula: la Corte Constitucional unificó la estabilidad ocupacional reforzada por salud en la sentencia SU-049 de 2017 y ajustó el fuero de maternidad en la SU-075 de 2018 (sin conocimiento del embarazo al despedir, no procede el reintegro). Matices así no caben en una calculadora.
En Tuliqui no damos asesoría legal personalizada: damos cálculos y contexto para que llegues informado a esa consulta. Saber qué te corresponde según el CST te pone en mejor posición para reclamar o para evaluar una oferta de conciliación.
Guías relacionadas
- Salario mínimo Colombia 2026: monto y auxilio de transporte
- Calculadora de prima de servicios
- Guía de prestaciones sociales 2026
- Calculadora de liquidación laboral
Fuentes oficiales
Fuentes consultadas: Ministerio del Trabajo (SMMLV y auxilio de transporte) · Código Sustantivo del Trabajo (Función Pública) (arts. 132, 186, 192, 249, 306, 488 CST) · DANE (inflación y empleo) · Banco de la República (serie histórica del salario mínimo) · Decretos 1469 y 1470 de 2025 · Ley 15 de 1959 (auxilio de transporte) · Ley 52 de 1975 (intereses de cesantías) · Ley 100 de 1993 (seguridad social) · Ley 789 de 2002 (arts. 64-65 CST) · Ley 2101 de 2021 (reducción de jornada) · Ley 2466 de 2025 (reforma laboral) · Sentencias SU-075 de 2018 (Corte Constitucional) y SL2338-2023 (CSJ).
Disclaimer YMYL: este contenido es informativo y educativo. No reemplaza la asesoría de un contador público titulado ni de un abogado laboralista. Las cifras corresponden a la normativa vigente para 2026 a la fecha de publicación; antes de tomar decisiones, firmar una liquidación o presentar una reclamación, verifica siempre la versión oficial en las fuentes citadas. Tuliqui no se hace responsable por decisiones tomadas con base en cálculos no verificados profesionalmente.
Editor del sitio. Especialista en marketing digital y SEO con interés en herramientas educativas. Investigo y consolido información laboral colombiana a partir del Código Sustantivo del Trabajo (CST), decretos del Ministerio del Trabajo y conceptos oficiales. No soy abogado: el contenido de Tuliqui es educativo e informativo y no sustituye asesoría legal profesional. Para casos particulares consulta un abogado laboralista o a la Inspección del Trabajo.
