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Festivos en Colombia 2026: calendario completo de los 18 días no laborables

mayo 3, 2026
Calendario completo de festivos en Colombia 2026
Aviso educativo: Este artículo se basa en el Código Sustantivo del Trabajo y fuentes oficiales colombianas. Tuliqui es una herramienta informativa y no constituye asesoría legal profesional. Para casos particulares consulte a un abogado laboralista o a la Inspección del Trabajo del Ministerio.

📝 Apunte de Tuliqui — Verificamos los 18 festivos contra la Ley 51 de 1983 (Ley Emiliani) y el calendario oficial 2026 antes de publicar. Fuente normativa: Ley 51 de 1983, Art. 177 CST, Decreto 1042 de 1978.

En 2026 Colombia tiene 18 días festivos no laborables. De ellos, 12 caen en lunes por la Ley Emiliani (se trasladan al lunes siguiente) y 6 son de fecha fija inmovible. El SMMLV de referencia para el cálculo de recargos es $1.423.500 y el auxilio de transporte 2026 es $200.000.

3 escenarios límite que más confunden:

  • Trabajaste un festivo completo (8 horas) ganando SMMLV: recargo 75% = $35.587 sobre las 8 horas ordinarias del día.
  • Festivo cae domingo (ej. Sagrado Corazón 14 jun 2026 movido a 15 jun): el lunes se paga como festivo único, no doble.
  • Trabajaste festivo + nocturno (después de 21:00): recargo dominical-festivo 75% + nocturno 35% = 110% sobre la hora ordinaria.

⚠️ Disclaimer YMYL: información general 2026. Para casos atípicos (turnos rotativos, convenciones colectivas, jornada flexible Ley 2101) consulta a tu empleador o al Ministerio del Trabajo.

Conocer los festivos en Colombia 2026 no es solo un asunto de planeación de viajes: cada uno de esos 18 días dispara un recargo del 75% sobre la hora ordinaria si te toca trabajar (Art. 179 CST). Si tu empresa olvida liquidarte ese recargo, estás perdiendo plata todos los meses. Aquí listo cada fecha con su origen normativo, explico cómo se mueven los lunes festivos por la Ley Emiliani y muestro cómo afectan tu liquidación.

Calendario oficial: los 18 festivos de 2026

#Fecha 2026DíaFestivoOrigen
11 eneroJuevesAño NuevoFecha fija
212 eneroLunesDía de los Reyes MagosLey 51/1983 (trasladado)
323 marzoLunesSan JoséLey 51/1983 (trasladado)
42 abrilJuevesJueves SantoFecha fija (Semana Santa)
53 abrilViernesViernes SantoFecha fija (Semana Santa)
61 mayoViernesDía del TrabajoFecha fija
718 mayoLunesAscensión del SeñorLey 51/1983 (trasladado)
88 junioLunesCorpus ChristiLey 51/1983 (trasladado)
915 junioLunesSagrado Corazón de JesúsLey 51/1983 (trasladado)
1029 junioLunesSan Pedro y San PabloLey 51/1983 (trasladado)
1120 julioLunesDía de la IndependenciaFecha fija
127 agostoViernesBatalla de BoyacáFecha fija
1317 agostoLunesAsunción de la VirgenLey 51/1983 (trasladado)
1412 octubreLunesDía de la RazaLey 51/1983 (trasladado)
152 noviembreLunesDía de Todos los SantosLey 51/1983 (trasladado)
1616 noviembreLunesIndependencia de CartagenaLey 51/1983 (trasladado)
178 diciembreMartesInmaculada ConcepciónFecha fija
1825 diciembreViernesNavidadFecha fija

La Ley Emiliani: por qué tantos festivos caen en lunes

Al revisar la Ley 51 de 1983 (la llamada Ley Emiliani, en honor al senador Raimundo Emiliani Román) confirmé que trasladó al lunes siguiente 12 festivos cuya fecha original cae entre semana. La justificación legal fue fomentar el turismo interno y reducir el ausentismo por puentes festivos. Solo 6 fechas se mantienen inmóviles: 1 enero, Jueves Santo, Viernes Santo, 1 mayo, 20 julio, 7 agosto, 8 diciembre y 25 diciembre.

Cuando un festivo trasladable cae naturalmente en lunes (por ejemplo, si la Ascensión del Señor cae el lunes calendario), no se mueve. Si cae cualquier otro día, se traslada al siguiente lunes. En 2026, 12 de los 18 festivos terminan en lunes generando 12 puentes.

Cómo afectan los festivos a tu liquidación

Si trabajas un festivo, el empleador debe pagarte un recargo del 75% sobre la hora ordinaria (Art. 179 CST), o concederte un día compensatorio en la semana siguiente. La regla aplica igual al trabajo dominical. Si tu empresa programa un festivo dentro del horario habitual y no compensa ni paga, está incumpliendo la ley.

  • Hora ordinaria SMMLV 2026: $1.423.500 ÷ 240 horas mensuales = $5.931.
  • Hora festiva (75% recargo): $5.931 × 1,75 = $10.379.
  • 8 horas festivas SMMLV: $10.379 × 8 = $83.032 por jornada festiva.
  • Festivo + nocturno (después 21:00): recargo combinado 110% = $5.931 × 2,10 = $12.455 por hora.
  • Hora extra dominical/festiva diurna: recargo 100% = $5.931 × 2 = $11.862 por hora.

Si quieres calcular tu recargo dominical-festivo exacto con tu salario real, usa nuestra calculadora de liquidación en el home: ingresa salario base, días trabajados festivos y obtén el valor en pesos.

Qué cambia para tu cálculo en 2026

En 2026 se actualizaron tres cifras que afectan el valor de tus festivos trabajados:

  • SMMLV $1.423.500 (Decreto Mintrabajo diciembre 2025) — sube tu base de cálculo de recargos.
  • Auxilio de transporte $200.000 — se suma al salario base si ganas hasta 2 SMMLV para calcular prima y cesantías, no recargos.
  • Jornada legal 46 horas/semana en 2026 (Ley 2101 de 2021, reducción gradual a 42 horas en 2027) — afecta el divisor mensual de horas.

El divisor mensual oficial sigue siendo 240 horas para efectos de liquidación de recargos en 2026 según la mayoría de empresas, aunque algunas convenciones colectivas ya usan 230. Verifica con tu reglamento interno.

Casos especiales: festivo en domingo o sábado

Cuando un festivo de fecha fija cae domingo (como pasa con Inmaculada Concepción algunos años), el día se paga como festivo único, sin doble recargo. La jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia ha reiterado que un día no puede generar dos recargos por la misma hora trabajada.

Si el festivo cae sábado, no se traslada (la Ley Emiliani solo aplica a fechas que naturalmente caen entre semana). Es el caso del 1 de mayo cuando cae sábado: se paga como festivo, sin lunes adicional.

Puentes festivos 2026: los 12 fines de semana largos

  • 10-12 enero: Reyes Magos.
  • 21-23 marzo: San José.
  • 16-18 mayo: Ascensión del Señor.
  • 6-8 junio: Corpus Christi.
  • 13-15 junio: Sagrado Corazón.
  • 27-29 junio: San Pedro y San Pablo.
  • 18-20 julio: Independencia.
  • 15-17 agosto: Asunción de la Virgen.
  • 10-12 octubre: Día de la Raza.
  • 31 octubre – 2 noviembre: Todos los Santos.
  • 14-16 noviembre: Independencia de Cartagena.

📅 Fuentes y fechas

Preguntas frecuentes

¿Cuántos festivos hay en Colombia en 2026?

18 días festivos oficiales no laborables. De ellos, 12 son lunes festivos por la Ley 51 de 1983 (Ley Emiliani) y 6 son de fecha fija (1 ene, Jueves Santo, Viernes Santo, 1 may, 20 jul, 7 ago, 8 dic, 25 dic).

¿Si trabajo un festivo me deben pagar recargo?

Sí. El Art. 179 del CST establece un recargo del 75% sobre la hora ordinaria por trabajar dominicales o festivos. Alternativamente el empleador puede otorgar un día compensatorio remunerado en la semana siguiente.

¿Por qué los festivos se mueven al lunes?

Por la Ley 51 de 1983, llamada Ley Emiliani, que trasladó 12 festivos al lunes siguiente para fomentar puentes turísticos y reducir el ausentismo laboral. 6 fechas religiosas y patrióticas quedaron exentas y mantienen su fecha original.

¿Si el festivo cae domingo, se paga doble?

No. Cuando un festivo de fecha fija coincide con domingo se paga como festivo único (75% de recargo). La jurisprudencia colombiana descarta el doble recargo por la misma hora trabajada.

¿Cuántos puentes festivos hay en 2026?

12 puentes (fines de semana de 3 días con lunes festivo). Los meses con mayor concentración son junio (3 puentes: Corpus Christi, Sagrado Corazón, San Pedro y San Pablo) y noviembre (2 puentes: Todos los Santos e Independencia de Cartagena).

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Editor del sitio. Especialista en marketing digital y SEO con interés en herramientas educativas. Investigo y consolido información laboral colombiana a partir del Código Sustantivo del Trabajo (CST), decretos del Ministerio del Trabajo y conceptos oficiales. No soy abogado: el contenido de Tuliqui es educativo e informativo y no sustituye asesoría legal profesional. Para casos particulares consulta un abogado laboralista o a la Inspección del Trabajo.